Cómo es el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)
01/06/2018 - AGROSITIO
Una abogada especialista en agroindustria analiza cada aspecto del nuevo sistema desarrollado por el Gobierno para reducir la cantidad de trámites del agro. AGROSITIO
Por Eugenia Luján Bustamante, abogada especialista en temas agroindustriales, profesora en la Universidad Austral y la UCA.
Desde la asunción del actual gobierno ha comenzado un proceso de reorganización de la administración pública nacional que tiene por objetivo la desburocratización y simplificación de trámites ante organismos del Estado. A tal fin se puso en marcha un Plan de Modernización tendiente a la reducción de los trámites excesivos, la simplificación de procesos y la elaboración de normas eficientes; y se aprobaron las buenas prácticas en materia de simplificación.
En este sentido y relacionado con el sector agrícola, el 24 de mayo del corriente se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Conjunta 4248 del Ministerio de Agroindustria, el SENASA –Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria-, el INASE –Instituto Nacional de Semillas- y la AFIP –Administración Federal de Ingresos Públicos- que dispone la creación del Sistema de Información Simplificado Agrícola, llamado “SISA”, que reemplazará los siguientes Registros y Regímenes Informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas: 1) Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG); 2) Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE); 3) Padrón de Productores de Granos Monotributistas (PPGM); 4) Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción; 5) Registro Nacional Sanitario (RENSPA) en lo que respecta a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas; 6) Registro de Usuario de Semilla (RUS) en lo que refieren a las obligaciones del usuario de semillas; 7) Todos aquellos registros y/o regímenes informativos de los organismos intervinientes, que los mismos determinen en el futuro.
Ayudada por tierras fértiles, buenas condiciones climáticas y más inversión agrícola, la producción rusa de trigo ha crecido en los últimos años
El Ministerio de Agroindustria, SENASA, INASE y AFIP, que reunían similar información en distintas dependencias y registros, accederán a la misma unificada en un solo lugar y la compartirán.
De esta forma, se eliminan los registros enunciados, y los obligados a inscribirse en cada uno de ellos solo deberán hacerlo ante el nuevo sistema por única vez. Por su parte, los organismos -Ministerio de Agroindustria, SENASA, INASE y AFIP- que reunían similar información en distintas dependencias y registros, accederán a la misma unificada en un solo lugar y la compartirán. Para ello, los organismos deberán establecer un procedimiento de intercambio de información por medios electrónicos y mediante el uso de Clave Fiscal, a los fines de su utilización en el ámbito de sus respectivas competencias.
La inscripción en el SISA será de carácter obligatoria y gratuita para las personas humanas o jurídicas que sean: a) productores de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas; b) operadores que intervengan en la cadena de comercialización de dichos productos y c) propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes, cualquiera fuera su título, y sus subcontratantes cualquiera fuera su modalidad de contratación, de tierras rurales explotadas situadas en el país, en la medida en que en ellas se desarrolle el cultivo de dichas especies.
Como uno de los objetivos es propiciar la realización de trámites a distancia, la información requerida por el SISA se deberá suministrar mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIF. De esta forma se elimina la presentación de documentación en papel, ahorrando dinero en copias y certificaciones, además del tiempo destinado a su cumplimiento. En concordancia, todas las notificaciones y comunicaciones del SISA se efectivizarán mediante la utilización del Domicilio Fiscal Electrónico.
Una vez que se reúna la información aportada por las personas vinculadas a la producción agrícola comprendidas en este nuevo sistema (la cual tiene el carácter de declaración jurada), a la que se le suma la información existente en la base de datos de la Administración Federal; el sistema definirá un “estado” inicial de cada uno e indicará, si hubiere, las inconsistencias detectadas para que sean subsanadas.
La resolución contiene un sistema de calificación de cada persona inscripta en el SISA, con el fin de evaluar -mediante un sistema de scoring- su conducta fiscal, así como la relacionada con los demás organismos intervinientes, que permitirá administrar beneficios fiscales conforme a la calificación obtenida, lo cual deberá ser precisado en la reglamentación.
Dado que la norma acaba de publicarse, está pendiente la reglamentación, que deberá realizarse en el plazo de 60 días desde la publicación. Asimismo, los organismos deberán realizar la reglamentación en el marco de sus respectivas competencias, contemplando la finalidad de cada registro y régimen informativo sustituido.
Uno de los reclamos reiterados del sector agropecuario ha sido la cantidad de trámites que se fueron agregando en el último tiempo. Por ello, se espera que la unificación de los distintos registros vinculados a la producción agrícola que acaba de sancionarse contribuya a mejorar la interacción entre el sector público y privado, lo que impactará positivamente en la productividad del sector.